MÚSICA Y SELECTIVIDAD

Introducción

La Ley de Calidad establece una Prueba General de Bachillerato. La superación de esta prueba será necesaria para la obtención del titulo de bachillerato y, se sospecha, que vendrá a ocupar además el papel de la Selectividad a la hora de establecer el acceso a la Universidad (aunque las universidades pueden establecer a su vez sistemas de selección y pruebas propias). Muy probablemente la asignatura "Historia de la Música" formará parte de esa prueba para los alumnos que la hayan cursado. Todas estas incógnitas se irán despejando con los futuros desarrollos legislativos de la ley.

Pero en el calendario de aplicación de la Ley de Calidad se establece que esta prueba se realizará por primera vez en el año 2006 (es decir, los alumnos que en el curso 2002/2003 cursaron 3º de la ESO serán los primeros en tener que enfrentarse a ella). Hasta entonces sigue vigente la Selectividad. Surge entonces la pregunta ¿será la "Historia de la Música" una asignatura evaluable en las Pruebas de Acceso a la Universidad?

Para poder responder adecuadamente a esta cuestión es necesario tener presente la siguiente normativa:

  • REAL DECRETO 3474/2000, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 1700/1991, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato, y el Real Decreto 1178/1992, de 2 de octubre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del bachillerato. Aquí se establece que la Hª de la Música sea asignatura de la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales (en total se enumeran 9 asignaturas pudiendo 3 de ellas cursarse en los dos cursos del bachillerato)

  • DECRETO 70/2002, de 23 de mayo, por el que se establece la ordenación y definición del currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias. Aquí se desarrolla y concreta para el Principado de Asturias lo establecido en el ya citado RD 3474/2000. La asignatura de modalidad Hª de la Música se sitúa en el 2º curso de la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y, más concretamente, dentro de la Opción Humanidades, Geografía e Historia. En esta opción el alumno cursa como optativas de modalidad Latín II e Historia del Arte (ambas exigibles en la Vía Humanidades de la PAU) y la asignatura que el alumno escoja entre las tres siguientes: Griego II, Geografía e Hª de la Música. Pero, además, en su artículo 13 establece que puedan escogerse como optativa (no confundir con optativas de modalidad) las "materias específicas de la propia modalidad no incluidas entre las que componen el itinerario elegido por el alumno, o materias propias de una modalidad distinta de la cursada". Resumiendo, la asignatura de Hª de la Música puede cursarse como optativa de modalidad o como optativa.

Teniendo presente esta nueva normativa que afecta a la estructura y organización del bachillerato se publicó una modificación de la legislación que afecta a la Prueba de Acceso a la Universidad y que será de aplicación en el presente curso 2003/2004:

  • REAL DECRETO 1025/2002, de 4 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1640/1999, de 22 de octubre, modificado y completado por el Real Decreto 990/2000, de 2 de junio, por el que se regula la prueba de acceso a estudios universitarios. Lo más significativo de las modificaciones aquí establecidas es que "La segunda parte, de carácter específico, versará sobre tres materias de entre las de modalidad establecidas en el Real Decreto 3474/2000, de 29 de diciembre, y cursadas por los alumnos en segundo año de Bachillerato, de acuerdo con la programación efectuada por la correspondiente Administración educativa." y que las asignaturas vinculadas a la vía de acceso de Humanidades serán Latín II e Historia del Arte.

Por lo demás sigue vigente lo establecido en la siguiente legislación:

  • Real Decreto 1640/1999, de 22 de octubre, por el que se regula la prueba de acceso a estudios universitarios.

  • REAL DECRETO 990/2000, de 2 de junio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 1640/1999, de 22 de octubre, por el que se regula la prueba de acceso a estudios universitarios  

Aquí se establece que la "segunda parte [de la PAU] versará sobre tres materias propias de modalidad. Entre ellas, necesariamente deberán incluirse las dos materias vinculadas a cada vía de acceso; la tercera será elegida libremente por el estudiante entre las propias de modalidad" (apartado 4 del artículo 8 del RD 1640/1999). Recordemos que en el Principado de Asturias la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales se divide en dos opciones relacionadas con sendas vías de acceso de la PAU:

  • La Opción Humanidades, Geografía e Historia orientada hacia la vía de acceso de Humanidades. Las materias vinculadas a esa vía son Latín II e Historia del Arte. En esta opción la tercera optativa de modalidad se elige entre Griego II, Geografía e Hª de la Música. Pero el alumno también podría cursar, además, otra optativa de modalidad escogiéndola como optativa.

  • La Opción Ciencias Sociales orientada hacia la vía de acceso de Ciencias Sociales. Las materias vinculadas a esa vía son Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales y Geografía. En esta opción la tercera optativa de modalidad solo puede ser Economía y Organización de Empresas. Pero el alumno también podría cursar, además, otra optativa de modalidad escogiéndola como optativa (por ejemplo, Hª de la Música).


En conclusión nos encontramos ante dos posibilidades en cuanto a si la asignatura de Hª de la Música entra o no en la PAU:

  1. Tendrán que evaluarse de Hª de la Música en la PAU los alumnos que la cursen como optativa de modalidad. Es decir, los que durante el presente curso realicen el 2º curso de bachillerato por la opción Humanidades, Geografía e Historia la estén realizando como tercer optativa de modalidad (además del Latín II y la Historia del Arte que, como hemos visto, son de realización obligatoria porque son las dos materias vinculadas a la vía de acceso de humanidades). Aunque también podría darse el caso de un alumno que cursase como optativa otra optativa propia de la modalidad (Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales) y quisiese realizar la PAU con esa asignatura en vez de con Hª de la Música.
      
    Por ejemplo, un alumno de la Opción Humanidades, Geografía e Historia con Latín II, Historia del Arte e Hª de la Música como optativas de modalidad y que hubiese escogido como optativa otra optativa de modalidad como Geografía podría presentarse a la selectividad y decidir examinarse de Geografía en vez de Hª de la Música (los exámenes de Latín II e Historia del Arte son obligatorios puesto que son materias vinculadas a la vía de acceso de Humanidades)
      

  2. No tendrán que evaluarse de Hª de la Música en la PAU los alumnos que la cursen como optativa. También aquí podría darse el caso de que algún alumno de la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales prefiriese presentarse a la PAU con la Hª de la Música en vez de con la optativa de modalidad que cursó (es decir, la que no forme parte de las dos optativas de modalidad vinculadas a la vía de acceso por la que se presenta). 
      
    Por ejemplo, un alumno de la Opción Ciencias Sociales (dentro de la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales) que tiene como optativas de modalidad Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II, Geografía y Economía y Organización de Empresas y que hubiese escogido como asignatura optativa Hª de la Música podría presentarse a la selectividad y decidir examinarse de Hª de la Música en vez de Economía y Organización de Empresas (los exámenes de Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II y Geografía son obligatorios puesto que son materias vinculadas a la vía de acceso de Ciencias Sociales)

El examen se realizaría dentro de la segunda parte de la PAU junto con las dos materias vinculadas a la vía de acceso. Dentro de esta segunda parte el peso de la Hª de la Música sería de un 20% y el de las dos materias vinculadas a la vía de acceso de un 40% cada una. Dado que la calificación global de las dos partes que componen la PAU se haya por media aritmética, su peso se reduce al 10% de dicha calificación global. Y teniendo en cuenta que la calificación definitiva se haya ponderando el 40% de esa calificación global de la prueba y un 60% la nota media del expediente académico del alumno en Bachillerato tenemos que el peso definitivo de la Hª de la Música en la PAU es del 4% (lo que supondría hasta 0,4 puntos de la calificación definitiva de la PAU para un alumno que hubiese obtenido un 10 en el examen de Hª de la Música)

También habría que tener en cuenta que la nota media del Bachillerato sería la media de primer curso de bachiller (excluyendo la Religión si es que la ha cursado) y del segundo curso de bachiller (excluyendo la Religión si es que la ha cursado): en total de 16 asignaturas (8 asignaturas en 1º y otras 8 en 2º) por lo que cada una contribuye con el 6,25% (100%/16 asignaturas) a la nota media del bachillerato. Lo que significa que cada asignatura podría suponer hasta 0,625 puntos para la media del bachillerato y hasta 0,375 puntos (el 60% de esos 0.625 puntos) para la calificación definitiva de la PAU

 

No parece probable que vaya a aparecer normativa que modifique esta situación puesto que es justo en este curso cuando entra en vigor el RD 1025/2002 antes mencionado. Lo que sí se modificará de nuevo este año será la normativa que afecta a la organización y estructura de bachillerato para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Calidad y en sus desarrollos.

De todos modos, cualquier novedad o información que obtengamos sobre este tema lo reflejaremos en este apartado.

La prueba de PAU en Asturias

Aquí intentaremos recoger toda la información que tengamos sobre la prueba de la PAU en Asturias para la asignatura de Hª de la Música:

INFORMACIÓN SOBRE LA PRUEBA PAU PARA EL CURSO 2005/2006